Forma a tu equipo en IA, y que quede por escrito
Obligatorio desde febrero de 2025 para cualquier empresa cuyo equipo use IA. Se resuelve en una tarde, con los documentos hechos.
No hace falta ser una empresa de IA
El artículo 4 obliga a quien usa la IA, no solo a quien la fabrica.
Si todavía no sabes qué te obliga a ti, empieza por el test de la ley de IA, que son nueve preguntas y es gratis.
Vigente desde febrero de 2025
Y desde agosto de 2026 se aplican las reglas de vigilancia: hay quien puede preguntar. En España, la AESIA como autoridad de referencia.
Pide medidas, no exámenes
Medidas apropiadas y documentadas. No un nivel por persona.
Lo que se enseña es el expediente
Formación, política de uso y registro. Sin el papel, no se puede demostrar.
El artículo 4 no pide saberse la ley: pide saber usar la IA. Por eso el curso está montado sobre casos, no sobre teoría.
10 módulos
Qué riesgos tiene, cómo se le pide bien y de qué respondes tú.
20 talleres prácticos
Se decide primero y se ve la solución después.
Rutas por puesto
Administración, comercial y dirección.
Examen y certificado de asistencia
20 preguntas. El certificado se guarda con el registro.
Los tres documentos que se enseñan
Van dentro del curso, listos para rellenar con vuestros datos.
Tres pasos y ya está
Sin horarios ni desplazamientos.
Lo solicitas
Hoy mismoNos dices cuántas personas sois. Te contestamos con el presupuesto.
Recibís el curso
En septiembreSe emite la factura y os llega el curso con su kit.
Guardáis el expediente
Para siemprePolítica, registro y certificados juntos.
Pensado para quien no tiene equipo técnico
Para quien no tiene tiempo de leerse un reglamento europeo.
Si tu caso no encaja aquí, escríbenos y lo miramos.
Tu equipo formado y el expediente en regla
Solicita tu presupuesto ahora, sin compromiso.
La formación
- 2 h 46, a tu ritmo
- 100 % online, sin desplazamientos
- 10 módulos
- 20 talleres prácticos
- Rutas por puesto: administración, comercial y dirección
- Examen final de 20 preguntas
El expediente
- Política de uso de IA
- Registro de formación
- Certificado de asistencia nominativo
- Checklist «¿estoy en regla?»
- Plantillas listas para rellenar
Lo que suelen preguntarnos
Si te queda alguna, escríbenos a hola@aiginer.com y te contestamos.
Si lo pido ahora, ¿cuándo lo tengo?
El curso está terminado, así que lo que marca la fecha es nuestra facturación, que empieza en septiembre. Puedes dejarlo solicitado hoy: te contestamos con el precio cerrado, no pagas nada por ahora y no queda nada contratado hasta que aceptes el presupuesto. En septiembre se emite la factura y os llega el curso.
¿Cuánto se tarda?
2 h 46 por persona, y no hace falta hacerlo del tirón. El curso guarda por dónde vas, así que se puede repartir en varios ratos.
¿Vale para todo el equipo o hay que comprar uno por persona?
Una licencia cubre a tu empresa. Cada persona hace el curso con su nombre y genera su propio certificado, que es lo que luego se guarda en el registro.
¿Esto me deja cumpliendo la ley?
Te deja con las tres cosas con las que puedes demostrarlo: la formación hecha, la política de uso escrita y el registro donde consta quién la hizo y cuándo. De las tres, la ley solo exige la primera; las otras dos no son obligatorias, son la manera de enseñar que la primera existió. Lo que ninguna formación puede darte es un sello de cumplimiento, porque no existe.
¿Y si ya hicimos formación por nuestra cuenta?
Entonces lo que os falta probablemente sea el papel. La formación informal no se puede acreditar, y el kit del curso sirve igual para documentar lo que ya hicisteis.
¿Sirve si somos solo dos personas?
Sí. El artículo 4 no pone ningún umbral de tamaño: obliga igual a una empresa de dos personas que a una de dos mil. Lo que cambia es lo que se considera proporcionado, y el curso está pensado para empresas pequeñas.
Soy gestoría y quiero ofrecérselo a mis clientes.
Escríbenos y lo vemos. Es un caso que nos interesa y se trata aparte, porque no es lo mismo formar a tu equipo que dar servicio a tu cartera.
Este curso es formación, no asesoramiento jurídico individualizado. Explica qué exige el Reglamento (UE) 2024/1689 y entrega los documentos con los que acreditar la formación, pero no sustituye el criterio de un profesional para un caso concreto. El certificado que emite es de asistencia: acredita que esa persona completó el curso.