Saltar al contenido
Formación · Artículo 4

Forma a tu equipo en IA, y que quede por escrito

Obligatorio desde febrero de 2025 para cualquier empresa cuyo equipo use IA. Se resuelve en una tarde, con los documentos hechos.

Online y a tu ritmo Una licencia para toda tu empresa Con el kit de documentos incluido Se solicita ahora y se factura en septiembre
Por qué te afecta

No hace falta ser una empresa de IA

El artículo 4 obliga a quien usa la IA, no solo a quien la fabrica.

Si todavía no sabes qué te obliga a ti, empieza por el test de la ley de IA, que son nueve preguntas y es gratis.

Vigente desde febrero de 2025

Y desde agosto de 2026 se aplican las reglas de vigilancia: hay quien puede preguntar. En España, la AESIA como autoridad de referencia.

Pide medidas, no exámenes

Medidas apropiadas y documentadas. No un nivel por persona.

Lo que se enseña es el expediente

Formación, política de uso y registro. Sin el papel, no se puede demostrar.

Qué incluye

El artículo 4 no pide saberse la ley: pide saber usar la IA. Por eso el curso está montado sobre casos, no sobre teoría.

10 módulos

Qué riesgos tiene, cómo se le pide bien y de qué respondes tú.

20 talleres prácticos

Se decide primero y se ve la solución después.

Rutas por puesto

Administración, comercial y dirección.

Examen y certificado de asistencia

20 preguntas. El certificado se guarda con el registro.

El kit de cumplimiento

Los tres documentos que se enseñan

Van dentro del curso, listos para rellenar con vuestros datos.

01 Política de uso de IA Qué herramientas están autorizadas, qué información no se pega nunca en ellas y quién decide si entra una nueva.
02 Registro de formación Quién se formó, en qué, cuándo y cuánto duró. Es la prueba de que la formación existió.
03 Checklist «¿estoy en regla?» Para revisarlo dos veces al año en diez minutos, sin volver a leerse la norma.
Cómo funciona

Tres pasos y ya está

Sin horarios ni desplazamientos.

01

Lo solicitas

Hoy mismo

Nos dices cuántas personas sois. Te contestamos con el presupuesto.

02

Recibís el curso

En septiembre

Se emite la factura y os llega el curso con su kit.

03

Guardáis el expediente

Para siempre

Política, registro y certificados juntos.

Para quién es

Pensado para quien no tiene equipo técnico

Para quien no tiene tiempo de leerse un reglamento europeo.

01 Autónomos y despachos profesionales que ya usan IA a diario, aunque sea para redactar.
02 Pymes cuyo software de gestión ha incorporado IA sin que nadie lo decidiera.
03 Empresas con un chat, un contestador o un bot atendiendo a sus clientes.
04 Gestorías que necesitan el expediente para ellas y para sus clientes.
05 Quien ya hizo formación informal y necesita poder acreditarla.

Si tu caso no encaja aquí, escríbenos y lo miramos.

Curso de IA · Reglamento (UE) 2024/1689, artículo 4

Tu equipo formado y el expediente en regla

Solicita tu presupuesto ahora, sin compromiso.

La formación

  • 2 h 46, a tu ritmo
  • 100 % online, sin desplazamientos
  • 10 módulos
  • 20 talleres prácticos
  • Rutas por puesto: administración, comercial y dirección
  • Examen final de 20 preguntas

El expediente

  • Política de uso de IA
  • Registro de formación
  • Certificado de asistencia nominativo
  • Checklist «¿estoy en regla?»
  • Plantillas listas para rellenar

Se factura en septiembre. He leído y acepto la política de privacidad.

Dudas

Lo que suelen preguntarnos

Si te queda alguna, escríbenos a hola@aiginer.com y te contestamos.

Si lo pido ahora, ¿cuándo lo tengo?

El curso está terminado, así que lo que marca la fecha es nuestra facturación, que empieza en septiembre. Puedes dejarlo solicitado hoy: te contestamos con el precio cerrado, no pagas nada por ahora y no queda nada contratado hasta que aceptes el presupuesto. En septiembre se emite la factura y os llega el curso.

¿Cuánto se tarda?

2 h 46 por persona, y no hace falta hacerlo del tirón. El curso guarda por dónde vas, así que se puede repartir en varios ratos.

¿Vale para todo el equipo o hay que comprar uno por persona?

Una licencia cubre a tu empresa. Cada persona hace el curso con su nombre y genera su propio certificado, que es lo que luego se guarda en el registro.

¿Esto me deja cumpliendo la ley?

Te deja con las tres cosas con las que puedes demostrarlo: la formación hecha, la política de uso escrita y el registro donde consta quién la hizo y cuándo. De las tres, la ley solo exige la primera; las otras dos no son obligatorias, son la manera de enseñar que la primera existió. Lo que ninguna formación puede darte es un sello de cumplimiento, porque no existe.

¿Y si ya hicimos formación por nuestra cuenta?

Entonces lo que os falta probablemente sea el papel. La formación informal no se puede acreditar, y el kit del curso sirve igual para documentar lo que ya hicisteis.

¿Sirve si somos solo dos personas?

Sí. El artículo 4 no pone ningún umbral de tamaño: obliga igual a una empresa de dos personas que a una de dos mil. Lo que cambia es lo que se considera proporcionado, y el curso está pensado para empresas pequeñas.

Soy gestoría y quiero ofrecérselo a mis clientes.

Escríbenos y lo vemos. Es un caso que nos interesa y se trata aparte, porque no es lo mismo formar a tu equipo que dar servicio a tu cartera.

Este curso es formación, no asesoramiento jurídico individualizado. Explica qué exige el Reglamento (UE) 2024/1689 y entrega los documentos con los que acreditar la formación, pero no sustituye el criterio de un profesional para un caso concreto. El certificado que emite es de asistencia: acredita que esa persona completó el curso.